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Defensor del Cliente  Financiero


Capitalizadora Colmena S.A. cuenta con la institución del DEFENSOR DEL CLIENTE FINANCIERO, cuya función es la de actuar con absoluta independencia de los organismos de administración de la entidad, sirviendo como vocero entre la misma y nuestros clientes y usuarios, para conocer y resolver de forma objetiva y gratuita las quejas o reclamos individuales que los clientes tengan en relación con un posible incumplimiento en la prestación del servicio por parte de la Capitalizadora. El Defensor del Cliente Financiero podrá formular recomendaciones y propuestas ante nuestra entidad con el ánimo de favorecer las buenas relaciones con nuestros clientes, y puede ser sancionado, previa investigación administrativa, por el incumplimiento de las obligaciones a su cargo. Así mismo, existe para el defensor la posibilidad de dirigir en cualquier momento a la Junta Directiva de nuestra compañía, recomendaciones, propuestas y peticiones.

 

Funciones del Defensor del Cliente

 

a)     Atender de manera oportuna y efectiva a los clientes financieros.

 

b)    Conocer y resolver en forma objetiva y gratuita para los clientes, las quejas que estos le presenten, dentro de los términos y el procedimiento que se establezca para tal fin, relativas a un posible incumplimiento de la entidad vigilada de las normas legales, contractua­les o procedimientos internos que rigen la ejecución de los servicios o productos que ofrecen o prestan, o respecto de la calidad de los mismos.

 

c)  Actuar como conciliador entre los clientes financieros y la respectiva entidad vigilada en los términos indicados en la Ley. Para el efecto, el cliente financiero y la entidad podrán poner el asunto en conocimiento del Defensor, indicando de manera explícita su deseo de que el caso sea atendido en desarrollo de la función de conciliación.

 

El documento en el cual conste la conciliación realizada entre la enti­dad vigilada y el cliente financiero deberá estar suscrito por ellos y el Defensor del Cliente Financiero en señal de que se realizó en su presencia, prestará mérito ejecutivo y tendrá efectos de cosa juzgada, sin que requiera depositarlo en Centro de Conciliación. El incumplimiento del mismo dará la facultad a la parte cumplida de hacerlo exigible por las vías legales respectivas.

 

d)     Ser vocero de los clientes financieros ante la entidad.

 

e) Efectuar recomendaciones a la entidad relacionadas con los servicios y la atención al cliente financiero, y en general en materias enmarcadas en el ámbito de su actividad.

 

f)      Proponer a las autoridades competentes las modificaciones norma­tivas que resulten convenientes para la mejor protección de los derechos de los clientes financieros.

 

g)  Las demás que le asigne el Gobierno Nacional y que tengan como propósito el adecuado desarrollo del SAC.

 

Al Defensor del Cliente Financiero se podrán presentar aquellas quejas que:

 

 

Sin perjuicio de lo anterior y de que la entidad decida en cada caso la conveniencia y viabilidad de acatar las decisiones de la Defensoría del Cliente Financiero, en sus Reglamentos no está prevista la obligatoriedad de tales decisiones.


Están excluidos de la competencia de la Defensoría del Cliente Financiero los siguientes asuntos:



Cómo utilizar el servicio:

El procedimiento que debe seguir el Cliente o Usurario ante La Defensoría del Cliente, es el siguiente:

 

Presente sus reclamos o quejas dirigidas al DEFENSOR DEL CLIENTE FINANCIERO, al Defensor principal Dra. Martha Victoria Osorio Bonilla, o a su suplente, Dra. Maria Victoria Moreno Jaramillo, a la Carrera 9  80-15 Bogotá D.C.,  vía e-mail a la dirección electrónica defensoria.capitalizadora.colmena@gmail.com., o en las oficinas de Capitalizadora Colmena, indicando el motivo de la queja y/o reclamo, describiendo los hechos y los derechos que considere vulnerados, así como la identificación y demás datos que permitan contactar al cliente financiero para hacerle llegar la correspondiente respuesta. Adicionalmente, la declaración de que la reclamación no ha sido resuelta o se atendió desfavorablemente y no ha sido sometida a procesos judiciales.

 

Horario de atención de la defensoría del Cliente: lunes a viernes de 8:00 a.m. a 1:00 p.m. y de 2:00 p.m. a 5:30 p.m.

 

Teléfonos de contacto 2352036 y 2127574 o al FAX 2352036.


Procedimiento Para Resolver Las Quejas

Una vez admitida la queja o reclamo, el Defensor del Cliente Financiero deberá comunicar al cliente financiero si la decisión final es obligatoria según los reglamentos de la entidad, advirtiendo sobre la posibilidad de solicitar una audiencia de conciliación en cualquier momento. Si la queja es inadmitida, lo comunicará al cliente financiero, indicando los motivos.

Si el Defensor del Cliente Financiero estima que para el análisis de la solicitud requiere mayor información de parte de la entidad o del cliente financiero, procederá a comunicarles tal situación a fin de que alleguen la información necesaria, dentro del término que determine el Defensor del Cliente Financiero sin que se excedan los ocho (8) días hábiles, término dentro del cual se entenderá que la queja ha sido desistida si el cliente financiero no da respuesta a la solicitud. Admitida la queja o reclamo, el Defensor del Cliente Financiero dará traslado de ella a la entidad, a fin de que allegue la información y presente los argumentos en que fundamenta su posición, quien deberá dar respuesta completa, clara y suficiente, dentro de un término de ocho (8) días hábiles, contados desde el día siguiente al que se haga el traslado, término que se ampliará a petición de la entidad y a juicio del Defensor del Cliente Financiero, informando de tal hecho al cliente financiero.

El Defensor del Cliente Financiero deberá evaluar la información aportada y resolver la queja o reclamo en un término que en ningún caso podrá ser superior a ocho (8) días hábiles, mediante decisión motivada, clara y completa. Dicha decisión, deberá ser comunicada al cliente financiero y a la entidad vigilada el día hábil siguiente después de proferida.

En caso que la decisión sea desfavorable al cliente financiero, este puede acudir a otros medios de protección de sus derechos.

La entidad podrá rectificar total o parcialmente su posición frente una queja o reclamo con el cliente financiero en cualquier momento anterior a la decisión final por parte del Defensor del Cliente Financiero, informando tal situación al Defensor del Cliente Financiero.

En cualquier etapa del trámite, podrá solicitarse la actuación del Defensor del Cliente Financiero como conciliador, en los términos establecidos en la normatividad vigente.

 

Sin perjuicio de lo anterior, a los clientees financieros les asiste el derecho de escoger acudir directamente a la Entidad, al Defensor del Cliente Financiero o a la Superintendencia Financiera de Colombia, en desarrollo de lo cual cada institución evaluará el trámite respectivo dentro del marco de competencia que le corresponda.

 

Alcance y efecto de las decisiones

 
Sin perjuicio de lo anterior y de que la entidad decida en cada caso la conveniencia y viabilidad de acatar las decisiones de la Defensoría del Cliente Financiero, en sus Reglamentos no está prevista la obligatoriedad de tales decisiones.



Contáctenos

Esta es nuestra dirección para ubicarnos, nuestros datos de correo electrónico y nuestros teléfonos:

Capitalizadora Colmena
Avenida Eldorado No. 69C-03. Torre A: Piso 7
Bogotá , DC , 11001 Colombia
+57-1 210-5080

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